miércoles, 14 de noviembre de 2012

CLASIFICACIÓN DEL ACTO JURÍDICO



Se ha hecho en la doctrina una doble clasificación de los actos jurídicos: la que se basa sobre el efecto jurídico del acto y la que .se funda en las modalidades que reviste la manifestación de la voluntad.


Desde este punto de vista, la doctrina ha agrupado a los actos jurí- dicos en las siguientes categorías:
a) En primer lugar, y siendo las situaciones jurídicas generales una parte del ordenamiento jurídico existente, se encuentran los actos que crean, modifican o extinguen una situación jurídica general.
Estos actos constituyen, dentro de la' terminología jurídica tradicio- nal, el llamado derecho objetivo o simplemente el derecho, pues el tipo de esta categoría de actos es la ley. (Duguit, op. cit., 1. 1, pág. 222 Y Bonnard, op, cit., pág. 35.)


Duguit llama a estos actos "actos-regla", dando a entender con esta designación que ellos constituyen normas de carácter general y abstracto. Jéze (op, cit., 'pág. 25) los designa simplemente "actos creadores de situación jurídica general, legislativos o reglamentarios".


b) En segundo lugar, y en relación con la otra situación que inte- gra el orden jurídico, aparece el acto que crea, modifica o extingue una situación jurídica individual.

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